La suma a que se refiere el Artículo 1o. de la presente Ley se girara al Tesorero Municipal de Santo domingo, para su debida inversión y aplicación, y dicho Tesorero deberá rendir cuentas ante la Contraloría General de la Republica.
Ley 94 de 1960 →Vigente
Artículo 3
Ley 94 de 1960 · Por el cual se auxilia al Municipio de Santodomingo (Antioquia) y se nacionalizan dos Colegios de Segunda Ense?anza
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.