Micelio

Artículo 153

Ley 57 de 1887 · Sobre adopción de Códigos y unificación de la legislación nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 153. Además de las causas de acumulación de autos mencionadas en el artículo 712 del Código, lo son también las siguientes:

1.

Cuando se sigan dos ó más ejecuciones en que se persigan unos mismos bienes, á menos que por la desistencia de uno ó más de los ejecutantes del derecho de ser cubiertos con el valor de tales bienes, no fuere necesaria la acumulación; y

2.

Cuando á un tiempo se agitan un juicio ejecutivo y una tercería en otra ejecución, ó bien dos ó más tercerías en distintos juicios, para hacer efectivo un mismo derecho.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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