Micelio

Artículo 6

Decreto 2222 de 1962 · por el cual se reglamentan los seguros sobre los bienes de la Nación, las Intendencias las Comisarías, los organismos públicos descentralizados y demás personas o entidades de derecho público de carácter nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto. La Previsora S. A., reasegurará los excedentes de los riesgos comprendidos en este Decreto, prefereneialmente con compañías constituidas conforme al artículo de la Ley 2º de la Ley 105 de 1927, consultando una distribución equitatíva respecto a la capacidad de tales reaseguradoras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2222 de 1962