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Artículo 16

Subdirección De Fomento De Competencias

Decreto 5012 de 2009 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Educación Nacional, y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Fomento de Competencias . Son funciones de la Subdirección de Fomento de Competencias las siguientes: 16.1. Establecer lineamientos y desarrollar instrumentos que promuevan la formulación de estrategias de mejoramiento de la calidad educativa, implementando articuladamente planes y/o programas que las apoyen. 16.2. Promover estrategias de promoción, referenciación y transferencia de experiencias significativas y la formación de redes de docentes. 16.3. Diseñar criterios y promover el uso de los medios educativos (radio, televisión, entre otros) para el mejoramiento de la calidad educativa. 16.4. Apoyar y promover el desarrollo de estrategias y programas de formación, capacitación y actualización de docentes y directivos docentes en servicio de las Secretarías de Educación, certificados y administradores de la Educación Superior de acuerdo con las políticas trazadas por el Gobierno Nacional. 16.5. Promover la pertinencia de la formación de docentes en las facultades de educación y las escuelas normales superiores, con el fin de garantizar la articulación con los requerimientos de talento humano del sector educativo. 16.6. Establecer los criterios de adopción de programas y herramientas de mejoramiento para formación de docentes en servicio que se alineen con los requerimientos del sector educativo. 16.7. Definir las condiciones para que el ciclo de educación preescolar, básica y media esté articulado con el ciclo de Educación Superior, con los ciclos de formación profesional y con el mercado laboral. 16.8. Definir, orientar y hacer seguimiento al desarrollo de proyectos y temáticas transversales, así como la incorporación de los mismos en las Secretarías de Educación certificadas. 16.9. Diseñar lineamientos de política y orientaciones pedagógicas que propicien el desarrollo de capacidades para la vida e involucren el ámbito escolar, familiar y ciudadano. 16.10. Diseñar procesos educativos oportunos y pertinentes y aprendizajes significativos de los niños y las niñas de 0 a 5 años y posibilitar la articulación entre las modalidades de atención existentes, el ingreso al grado de transición y la escolarización primaria. 16.11. Promover alternativas de formación de competencias laborales generales en los estudiantes de la educación básica y media mediante el acercamiento de las instituciones educativas al mundo productivo. 16.12. Mejorar la calidad de la oferta orientada a la formación laboral específica de los estudiantes de la educación media técnica mediante procesos de acreditación de programas. 16.13. Desarrollar orientaciones conceptuales y operativas que permitan reorientar las prácticas pedagógicas hacia la construcción de conocimiento con sentido que apunte a la transformación de los contextos locales, regionales y nacionales mediante la implementación de los proyectos pedagógicos transversales. 16.14. Diseñar y orientar estrategias de coordinación y articulación con entes gubernamentales con otras instituciones y sectores, para la implementación de ejes transversales en las instituciones educativas y su acompañamiento por parte de las entidades territoriales. 16.15. Diseñar, formular, ejecutar, monitorear y evaluar proyectos estratégicos que estén en el marco de la misión de la Subdirección de Fomento y Competencias. 16.16. Participar y proponer criterios en la reglamentación de las leyes del sector y proponer proyectos tendientes al fortalecimiento de la autonomía de las entidades territoriales. 16.17. Prestar asistencia técnica en lo de su competencia para fortalecer la capacidad institucional de los entes territoriales para su implementación en las instituciones educativas. 16.18. Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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