La Rama de Conservación recibe todas las obras a cargo del Ministerio a medida que entran en servicio y asegura su adecuado mantenimiento. Maneja todos los equipos de construcción, conservación y transporte del Ministerio, y las dependencias destinadas a estos servicios, y lleva a cabo las obras y adiciones y mejoras que construya directamente el Ministerio.
Decreto 151 de 1967 →Vigente
Artículo 14
La Rama De Conservación Recibe Todas Las Obras A Cargo Del Ministerio A Medida Que Entran En Servicio Y Asegura Su Adecuado Mantenimiento
Decreto 151 de 1967 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Obras Públicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.