Micelio

Artículo 5

º

Decreto 3287 de 1982 · Por el cual se organizan diferentes programas de rehabilitaci?n para los beneficiarios de la amnist?a y dem?s habitantes de las zonas que hayan estado sometidas a enfrentamiento armado o a acciones subversivas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. A través del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA y del Inderena se ofrecerá de inmediato a las personas de que trata el artículo primero de este Decreto, los servicios de asistencia técnica y transferencia de tecnología agropecuaria y forestal. El Inderena además apoyará las labores de repoblación forestal y desarrollo piscícola, mediante la realización en las diferentes regiones de viveros particularmente de especies nativas y la construcción de estanques. El HIMAT, con prelación a los demás programas que desarrolla, adelantará las labores de adecuación de los distritos de Lebrija en Santander y Sibundoy en el Putumayo. Igualmente adelantará las gestiones pertinentes para la construcción de los distritos sobre eI rio San Bartolomé en Antioquía y Guamuez en Putumayo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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