º. A través del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA y del Inderena se ofrecerá de inmediato a las personas de que trata el artículo primero de este Decreto, los servicios de asistencia técnica y transferencia de tecnología agropecuaria y forestal. El Inderena además apoyará las labores de repoblación forestal y desarrollo piscícola, mediante la realización en las diferentes regiones de viveros particularmente de especies nativas y la construcción de estanques. El HIMAT, con prelación a los demás programas que desarrolla, adelantará las labores de adecuación de los distritos de Lebrija en Santander y Sibundoy en el Putumayo. Igualmente adelantará las gestiones pertinentes para la construcción de los distritos sobre eI rio San Bartolomé en Antioquía y Guamuez en Putumayo.
Decreto 3287 de 1982 →Vigente
Artículo 5
º
Decreto 3287 de 1982 · Por el cual se organizan diferentes programas de rehabilitaci?n para los beneficiarios de la amnist?a y dem?s habitantes de las zonas que hayan estado sometidas a enfrentamiento armado o a acciones subversivas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.