Artículo primero. El Ministro de Obras Públicas procederá a vender, con sujeción a los requisitos del Código Fiscal, los siguientes bienes de propiedad nacional, conforme a los respectivos títulos de propiedad, a saber
Edificios y lotes correspondientes, demarcados con los números 8-35, 98-39, 9-11 y 9-2 de la calle 57 de Bogotá, D. E., donde funcionan actualmente en Instituto Nacional de Higiene "Samper Martinez", y sus dependencias;
Edificio y lote correspondiente, donde funciona en la actualidad en Instituto "Carlos Finlay" en la actualidad con el número 10-46 de la calle 55 de Bogotá, D. E., y no con el número 10-32 de la misma calle 55, como erróneamente aparece en el inciso b) del artículo primero de la Ley 22 de 1959, objeto de esta reglamentación;
Parte de la hacienda de Santa Teresa, ubicada en jurisdicción de los Municipios de Suba y Engativá, hoy Distrito Especial, con una extensión aproximada de trescientas cuatro fanegadas (304 fgs), cuatro mil quinientas ochenta y cuatro varas cuadradas y sesenta y dos centésimos de vara cuadrada (4.584.62 V2), y por los linderos determinados en la escritura pública número 4036 de 22 de septiembre de 1945, otorgada en la Notaria 2ª del Circuito de Bogotá;
Terrenos denominados "La Ceiba" o "San José", ubicados en el Municipio de Tocaima (Cundinamarca), y cuyos linderos están determinados por la escritura pública número 144 del 9 de febrero de 1907, de la Notaria 2ª del Circuito de Bogotá;
Terrenos de la hacienda "El Salitrico", ubicada en el Municipio de Paipa (Boyacá), con un área aproximada de setenta y cinco y media fanegadas, y cuyos linderos se expresan a continuación: Por el Norte, la Carretera Central del Norte, por el Oriente, con propiedades que son o fueron de José Manuel Rincón, y vallados, paredes y cercas de alambre de por medio; por el Sur, con terrenos de Paulina Valenzuela, también cercas de alambre, vallados y paredes de por medio; y por el Occidente, con las mismas clases de medianas, terrenos de Paulina Valenzuela, herederos de Abraham Vargas, Flavio Agudelo, Cándido Salamanca, y con el lote de ocho fanegadas que formó parte de este globo, y que fue de propiedad de la testadora Isabel Valderrama, y que fue destinado para otras finalidades, La finca está atravesada por el Ferrocarril de Nordeste, y la zona que éste ocupa no se incluye en el predio así deslindado.
El Ministro de Obras Públicas reglamentara, mediante Resolución, el procedimiento correspondiente.