Micelio

Artículo 3

Transitorio

Decreto 3122 de 2007 · por el cual se suprimen los empleos de la planta de personal de la Oficina del Comisionado Nacional para la Policía y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Transitorio . Los cargos que a continuación se relacionan y que están incluidos en el artículo 1° del presente decreto, quedarán automáticamente suprimidos en la fecha de ejecutoria de la sentencia que autorice el levantamiento de fuero sindical o hasta el vencimiento del término de este fuero contemplado en la ley o en los estatutos especiales, en defensa de la garantía constituida por el fuero sindical, y el Ministerio de Defensa Nacional, Unidad de Gestión General asumirá el pago de las acreencias laborales de estos empleados públicos, hasta tanto se cumpla la condición mencionada, así: PLANTA GLOBAL N° DE CARGOS DENOMINACION DEL CARGO CODIGO GRADO 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 17 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 15 1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 16 2 (Dos) Auxiliar Administrativo 4044 17 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 15

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3122 de 2007