Micelio

Artículo 14

Autorización Y Certificación De Disponibilidad De Recursos

Decreto 1824 de 1994 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 139 de 1994

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorización y certificación de disponibilidad de recursos. En concordancia con lo estipulado en el artículo 5º de la Ley 139 de 1994 y mediante oficio dirigido a la entidad encargada del manejo y administración de los recursos naturales renovables y del medio ambiente, Finagro autorizará la declaración de elegibilidad y certificará sobre la disponibilidad de recursos, el monto del incentivo a otorgar y señalará el intermediario financiero a través del cual se trasladan los recursos.

Parágrafo

La autorización y certificación de disponibilidad de recursos servirá para realizar las operaciones presupuestales requeridas con cargo a las apropiaciones asignadas para este fin en el Presupuesto General de la Nación y a las autorizaciones efectuadas por el Confis para comprometer vigencias futuras o a los demás recursos que le fueren transferidos al Fondo de Incentivo Forestal en virtud del artículo 7º de la Ley 139 de 1994.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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