Micelio

Artículo 90

Las Autoridades Judiciales, Las De Policía Y Los Funcionarios De Instrucción En El Orden Fiscal, Comunicarán Al Departamento Administrativo De Seguridad (Das), La Iniciación De Negocios De Su Competencia Contra Personas Extranjeras

Decreto 2955 de 1980 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre expedición de visas y control de extranjeros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las autoridades judiciales, las de policía y los funcionarios de instrucción en el orden fiscal, comunicarán al Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), la iniciación de negocios de su competencia contra personas extranjeras. Así mismo, los cambios de radicación o el envío a otras autoridades y finalmente, el resultado del negocio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2955 de 1980