Del inventario de pasivos. Simultáneamente con el inventario de activos el liquidador elaborará un inventario de pasivos de la entidad, el cual se sujetará a las siguientes reglas
El inventario deberá contener una relación cronológica pormenorizada de todas las obligaciones a cargo de la entidad, incluyendo todas las obligaciones a término y aquellas que sólo representan una contingencia para ella, entre otras, las condicionales, los litigios y las garantías.
La relación de pasivos deberá sustentarse en los estados financieros de la Entidad y en los demás documentos contables que permitan comprobar su existencia y exigibilidad.
La relación de las obligaciones laborales a cargo de la Entidad.