Micelio

Artículo 1

Decreto 903 de 1967 · por el cual se da destinación a unas partidas con cargo al Programa de Desarrollo Regional del Departamento de La Guajira.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. De la suma de dinero que actualmente destina el Ministerio de Fomento al Programa de Desarrollo Regional para el Departamento de La Guajira, destínase la suma de trescientos cincuenta mil pesos moneda corriente ($350.000.00) para el siguiente proyecto de inversión, correspondiente al año de 1967. I. Salud Pública. Para iniciar la construcción del Centro de Bienestar Social, en la ciudad de Riohacha $ 350.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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