Los contratos que el Gobierno celebre sobre explotaciones de bosques nacionales no estarán sujetos a licitación pública, y sólo requerirán, para su validez, de la aprobación del Concejo de Ministros.
Ley 93 de 1931 →Vigente
Artículo 5
Ley 93 de 1931 · Por la cual se fomenta la explotación de productos forestales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.