Art. 1.° Abrese al Presupuesto de gastos para la vijencia económica de 1.° de setiembre de 1870 a 31 de agosto de 1871, el siguiente crédito estraordinario: Departamento de Guerra. Capítulo 4.° Material de la Guardia colombiana. Art. 6.° Para ausilios de marcha i comisiones, doce mil pesos $ 12,000
Decreto 18700812 de 1870 →Vigente
Artículo 1
Decreto 18700812 de 1870 · abriendo un crédito ejecutivo estraordinario al Presupuesto de gastos para la vijencia económica del 1.° de setiembre de 1870 a 31 de agosto de 1871.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.