Micelio

Artículo 4

Ley 36 de 1912 · En desarrollo de los artículos 208 de la Constitución y 68 del Acto legislativo número 3 de 1910

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Congreso, en capítulo anexo a la Ley de Presupuesto, designará anualmente los servicios de aproximación respecto de los cuales queda autorizado el Poder Ejecutivo para abrir créditos administrativos suplementales, en las condiciones y con los requisitos que se prescriben en la Constitución y en la presente Ley.

Cuando el Congreso no haga esta designación se entiende que subsiste la hecha anteriormente.

Cuando no existiere la designación de que habla este artículo, y se expidiere por el Congreso la Ley de Presupuesto sin incluirla en ella, se entiende que el Ejecutivo puede abrir créditos administrativos en todos los servicios, por aproximación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 36 de 1912