"Artículo 1° Fíjase el cómputo de las rentas de la Comisaría para el año fiscal de 1 de enero a 31 de diciembre de 1928, en la cantidad de veintidós mil quinientos setenta y tres pesos veinticinco centavos ($22,573-25), así: "Licores $18,822 27 "Deguello de ganado mayor 3,532 "Regístro 218 98 "Suma $22,573 25
Decreto 870 de 1928 →Vigente
Artículo 1
Fíjase El Cómputo De Las Rentas De La Comisaría Para El Año Fiscal De 1 De Enero A 31 De Diciembre De 1928, En La Cantidad De Veintidós Mil Quinientos Setenta Y Tres Pesos Veinticinco Centavos ($22,573-25), Así: "licores $18,822 27 "deguello De Ganado Mayor 3,532 "regístro 218 98 "suma $22,573 25
Decreto 870 de 1928 · sobre presupuesto de rentas y gastos de la Comisaría Especial del Caquetá, para 1928
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.