Micelio

Artículo 3

Decreto 1290 de 1965 · Por el cual se autoriza la convocatoria de Consejos de Guerra Verbales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Mientras subsista el estado de sitio, todos los delitos y las conductas antisociales de competencia dela Justicia Penal Militar, se investigarán y fallarán por el procedimiento de los Consejos de Guerra Verbales. Los procesos penales en curso por los delitos de secuestro y de extorsión pasarán inmediatamente a la jurisdicción penal militar en el estado en que se hallen; las investigaciones adelantadas en ellos tendrán plena validez, pero el juzgamiento se efectuará en la forma prevista en este artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1290 de 1965