º . Transitorio. En desarrollo de las funciones previstas en el artículo 7º del presente decreto, referentes al seguimiento, evaluación de resultados y verificación del cumplimiento de requisitos, dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia del presente decreto, las autoridades de control deberán realizar informe de diagnóstico y estado de avance respecto a las obligaciones establecidas, en los artículos 4º y 5º del presente decreto.
Decreto 1520 de 2008 →Vigente
Artículo 9
Decreto 1520 de 2008 · por el cual se reglamenta el artículo 60 de a Ley 962 de 2005.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.