Micelio

Artículo 6

Decreto 746 de 1974 · Por el cual se ordena la emisión y se fijan las denominaciones de los Bonos de Bienestar Familiar-emisión 1974

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto. Una vez emitidos los bonos a que se refiere este decreto, la tesorería general de la República los depositara en el banco de la República, a la orden del instituto colombiano de bienestar familiar y desde ese mismo momento ingresaran al patrimonio de este.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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