Retiro. Por incapacidad profesional. Los Oficiales y suboficiales de la Policía Nacional serán retirados del servicio activo por incapacidad profesional cuando
No opten el título profesional respectivo en un término de cuatro (4) años, a Partir de la fecha de su escalonamiento, si se trata de Oficiales de los servicios que requieran este requisito.
No obtengan calificaciones aprobatorias en el concurso o curso de capacitación profesional exigido para el ascenso.
Ser clasificado como pésimo o incompetente de acuerdo con el Reglamento de Calificación y Clasificación del personal de la Policía Nacional.