El presente Acuerdo requiere para su validez, la aprobación del Gobierno Nacional y deberá ser publicado en las Alcaldías Municipales de Bolívar y El Dovio, en el Departamento del Valle del Cauca, en la forma prevista en el artículo 55 del Código de Régimen Político y Municipal y en el Diario Oficial e inscrito en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Roldanillo, para que surta los efectos legales, de conformidad con lo preceptuado por los artículos 96 y 97 del Código Fiscal.
Cópiese,
Dado en Cali, a los siete (7) días del mes de marzo de mil novecientos setenta y nueve (1979).
Andrés Arroyo Cajiao, Presidente.
Rosario Moreno Oliver, Secretario.