°. Requisitos para obtener el aval que autoriza para formar conciliadores. Las entidades a las cuales se refiere el artículo 1° del presente decreto deberán cumplir los siguientes requisitos para obtener el aval que las autoriza para formar conciliadores
Presentar solicitud por escrito firmada por el representante legal de la entidad autorizada para obtener el aval que lo autoriza a formar conciliadores y anexar los documentos de acrediten la existencia y representación legal de la entidad solicitante.
Contar con un centro de conciliación autorizado por el Ministerio del Interior y de Justicia.
El centro de conciliación no deberá tener sanciones impuestas por el Ministerio del Interior y de Justicia en los últimos tres años, y
Presentar un plan de estudios para la capacitación en Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, de conformidad con los requisitos establecidos en el presente decreto.