°. Condiciones de aplicación. La aplicación de los recursos de que trata el presente decreto está sujeta a las siguientes condiciones
El creador o gestor cultural debe estar acreditado como tal, de conformidad con las disposiciones que para tal fin establezca el Ministerio de Cultura.
El creador o gestor cultural debe estar afiliado al Régimen Subsidiado en la entidad territorial donde resida y que tenga creada la estampilla “Procultura”.
La pérdida de la condición de creador o gestor cultural, implica a su vez la pérdida del beneficio de cofinanciación previsto en el presente decreto.