Micelio

Artículo 2

Ley 133 de 1936 · Por la cual se modifica el artículo 4° de la Ley 64 de 1923

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facúltase a los Departamentos para que prohíban en su territorio la circulación y venta de loterías extranjeras, o para permitirlas mediante el pago del 10% del valor nominal de cada billete, con destino exclusivo a la Asistencia Pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 133 de 1936