Micelio

Artículo 4

Decreto 228 de 1958 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre organización de oficinas para transportes y tránsito

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. Para los efectos de estadística, control y política general, las Direcciones de Transportes y Tránsito enviarán periódicamente a la Superintendencia o entidad que haga sus veces, los datos precisos con los pormenores que sean de rigor, sobre el número de empresas inscritas en cada Sección de Transportes, su capital, el servicio a que se dedican, el número de vehículos con que cumplen su labor y la relación de las sanciones a que se hayan hecho merecedoras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 228 de 1958