Micelio

Artículo 363

Ley 95 de 1936 · Sobre Código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El que con el propósito de matar ocasiona la muerte a otro, está sujeto a la pena de ocho a catorce años de presidio.

10.

En vías, lugares o establecimientos públicos, cuando las circunstancias de comisión puedan entrañar un peligro para la integridad de otras personas.

11.

Por no haber obtenido el resultado que el agente se propuso al intentar o cometer otro delito.

Parágrafo

Estos agravantes se aplicarán también al delito de lesiones personales conforme al artículo 379 del Código Penal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 95 de 1936