De la base de liquidación de la prima de servicios . La prima a que se refiere el artículo anterior se liquidara sobre los Siguientes factores de salario: a) el sueldo básico fijado por la ley para el respectivo cargo; b) los auxilios de alimentación y transporte; c) los gastos de representación y d) los incrementos salariales por antigüedad a que se refiere el artículo 38 del presente decreto.
Decreto 1046 de 1978 →Vigente
Artículo 47
De La Base De Liquidación De La Prima De Servicios
Decreto 1046 de 1978 · Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos del Departamento Nacional de Planeación, se fijan las escalas de remuneración correspondientes a dichos empleos y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
modificado (verif_articulado: el artículo 47 del decreto 1046 de 1978 quedara así) por decreto 1515/78 modificado por decreto 1515/78
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.