Micelio

Artículo 2

Monto De Las Pensiones En El Régimen Solidario De Prima Media Con Prestación Definida

Decreto 314 de 1994 · por la cual se limita la base de cotización obligatoria en los regímenes del Sistema General de Pensiones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Monto de las pensiones en el Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida. En desarrollo del

Parágrafo 3

del artículo 18 de la Ley 100 de 1993, el monto de las pensiones de vejez, de invalidez y de sobrevivientes, para los afiliados al Régimen Solidario de Prima Media con prestación Definida, no podrá ser superior a veinte (20) salarios mínimos legales mensuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 314 de 1994