Micelio

Artículo 1

Decreto 155 de 1955 · Por el cual se modifica la denominación de unos Juzgados

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Los Juzgados Municipales Promiscuos de los extinguidos Municipios de Bosa, Engativá, Fontibón, Suba, Usaquén y Usme, continuarán funcionando con la misma jurisdicción territorial, atribuciones, personal, asignaciones y residencia que actualmente tienen, y se denominarán en lo sucesivo Juzgado Promiscuos Municipales de Bogotá, números 1°, 2°, 3°, 4°, 5° y 6° respectivamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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