Art. 15 . Los empleados que bajo la denominación de Oficiales figuran en la Sección 2.ª del Ministerio de Instrucción Pública y los Oficiales segundos y terceros del Ministerio de Obras Públicas gozarán de un sueldo igual al de los Oficiales primeros.
Ley 11 de 1905 →Vigente
Artículo 15
Ley 11 de 1905 · Sobre asignaciones de algunos empleados nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.