Micelio

Artículo 61

Registro De Bienes Dados En Garantía

Decreto 2131 de 1991 · por el cual se dictan normas sobre la estructura y funcionamiento de las Zonas Francas Industriales de Bienes y de Servicios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Registro de bienes dados en garantía. Corresponderá al usuario operador de la Zona Franca llevar un registro interno actualizado de los bienes dados en garantía a terceros por parte de los usuarios. Las instituciones financieras sometidas al control de la Superintendencia Bancaria que realicen préstamos a los usuarios industriales, con garantías de bienes deberán comunicar al usuario operador el otorgamiento y las características del crédito para su correspondiente registro. Las mercancías registradas como dadas en garantía sólo podrán ser retiradas definitivamente mediante la autorización previa de la institución financiera que otorgó el crédito. CAPITULO XII. Disposiciones especiales para las Zonas Francas Turísticas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2131 de 1991