Micelio

Artículo 2.2.38.13

Secretaría Técnica Del Comité Coordinador Del Sistema Nacional De Integridad

Decreto 1083 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Secretaría Técnica del Comité Coordinador del Sistema Nacional de Integridad. La Secretaría Técnica del Comité Coordinador del Sistema Nacional de Integridad estará a cargo de la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República y tendrá las siguientes funciones:

1.

Convocar al Comité Coordinador del Sistema Nacional de Integridad de forma ordinaria y extraordinaria.

2.

Preparar los documentos técnicos necesarios para las sesiones del Comité Coor­dinador del Sistema Nacional de Integridad con el apoyo de la Secretaría Técnica de la Comisión intersectorial, así como elaborar y custodiar las actas de las sesio­nes.

3.

Realizar el ·seguimiento a los compromisos y las decisiones generadas en el marco del Comité Coordinador para el funcionamiento del Sistema.

4.

Las demás que sean propias de acuerdo con su carácter de apoyo y soporte técni­co.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1083 de 2015