° La Gobernación de Bolívar y la Alcaldía de Cartagena tendrá en cuenta los planteamientos de desarrollo sanitario y vial definidos en los estudios del proyecto de recuperación sanitaria de Cartagena para que estos sean incorporados al plan general de desarrollo vial y de ser vicios.
Decreto 7 de 1984 →Vigente
Artículo 9
La Gobernación De Bolívar Y La Alcaldía De Cartagena Tendrá En Cuenta Los Planteamientos De Desarrollo Sanitario Y Vial Definidos En Los Estudios Del Proyecto De Recuperación Sanitaria De Cartagena Para Que Estos Sean Incorporados Al Plan General De Desarrollo Vial Y De Ser Vicios
Decreto 7 de 1984 · por el cual se ordena la ejecución de la recuperación sanitaria de los caños, lagunas y cienagas de Cartagena.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.