Micelio

Artículo 27

Para Obtener Las Becas Que El Gobierno Otorga En La Escuela Superior De Agronomía, Se Requiere Que Los Candidatos Reúnan Las Condiciones Siguientes: A) Comprobar Que No Tiene Menos De Diez Y Seis Años Ni Más De Veinte

Decreto 215 de 1921 · Por el cual se establece el reglamento orgánico de la Escuela Superior de Agronomía de Bogotá

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 27. Para obtener las becas que el Gobierno otorga en la Escuela Superior de Agronomía, se requiere que los candidatos reúnan las condiciones siguientes

a)

Comprobar que no tiene menos de diez y seis años ni más de veinte.

b)

Presentar un certificado médico para demostrar que gozan de buena salud.

c)

Presentar un certificado expedido por personas honorables, en el que se manifieste que carecen de recursos para costear su educación.

d)

Presentar además del diploma de bachillerato en Ciencias, un examen de concurso sobre cinco materias del mismo bachillerato que determinara el Consejo Directivo de la Escuela. El examen de concurso tendrá lugar en Bogotá.

e)

Dar un fiador abonado que se obligue mancomunada y solidariamente a responder del valor de las expensas hechas en el alumno en caso de que este sea expulsado, pierda la beca por falta de asistencia, sea reprobado en algún curso, o se retire sin causa legítima.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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