Micelio

Artículo 10

Las Disposiciones Del Artículo Precedente Serán Extensivas, En Cuanto Fueren Aplicables, A Los Hijos Adultos De Los Inmigrantes, Conforme Lo Permitiere El Derecho Internacional

Decreto 496 de 1909 · Por el cual se reglamentan las leyes sobre inmigración y se deroga el decreto 1218 de 1908 (17 de noviembre)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las disposiciones del artículo precedente serán extensivas, en cuanto fueren aplicables, a los hijos adultos de los inmigrantes, conforme lo permitiere el Derecho Internacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 496 de 1909