Micelio

Artículo 328

Las Penas Señaladas En El Artículo Anterior Se Aumentarán Hasta En La Mitad En Los Casos Siguientes: 1°

Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las penas señaladas en el artículo anterior se aumentarán hasta en la mitad en los casos siguientes: 1°. Si los actos allí previstos se ejecutaren de manera habitual. 2°. Si el responsable tuviere cualquier carácter, posición o cargo que le dé particular autoridad sobre la víctima o la haya impulsado a depositar en él su confianza. 3°. Si el responsable empleare para obtener su propósito la violencia física o moral, maniobras engañosas o supercherías de cualquier género.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2300 de 1936