Para prestar el servicio ciudadano de Policía Cívica Local, se requieren las siguientes calidades:
Poseer título profesional o Técnico, o haber desempeñado un empleo u oficio durante cinco (5) años, con una trayectoria reconocida y comprobable.
Ser persona de reconocida honorabilidad y espíritu cívico.
No haber sido condenado en asunto penal.
Haber recibido instrucción o capacitación mínima en las funciones que ha de cumplir. Para estos efectos la Policía Nacional a través de sus escuelas de formación y con la colaboración de entidades afines con la instrucción que se deba impartir, organizará en los términos que indique el reglamento la capacitación a que se refiere el presente ordinal.