Micelio

Artículo 1

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Á

Ley 37 de 1888 · que concede una recompensa a los herederos del Sargento Mayor José María Forero

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 153 de 1887 , concédase por una sola vez á los reprentantes legítimos del Sargento Mayor José María Forero la recompensa de mil setecientos cincuenta pesos ($ 1,750), que le será pagada íntegramente y en moneda legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 37 de 1888