Información al ente de vigilancia. Dentro de los cinco (5) días posteriores a su aprobación, el plan de premios se remitirá al Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, anexando el ejercicio elaborado para calcular la relación entre emisión y ventas de billetes, junto con los estimativos, operaciones, estudios, análisis y demás documentos en los que se soportó su elaboración, para que esta entidad verifique, en ejercicio de su función de vigilancia, el cumplimiento de las normas que sobre la materia se establecen en el presente título.
(Art. 16 Decreto 3034 de 2013)