Articulo 3º El Fondo Nacional de Garantías atenderá las solicitudes de garantía que se requieran respecto de los créditos que se otorguen de acuerdo con la Resolución 32 de 1983 de la Junta Monetaria, Capitulo III, a las empresas que desarrollen actividades en la ciudad de Popayán y demás municipios del Cauca afectados por el sismo de 1983, siempre que se cumplan los requisitos necesarios para su otorgamiento.
Artículo 3
El Fondo Nacional De Garantías Atenderá Las Solicitudes De Garantía Que Se Requieran Respecto De Los Créditos Que Se Otorguen De Acuerdo Con La Resolución 32 De 1983 De La Junta Monetaria, Capitulo Iii, A Las Empresas Que Desarrollen Actividades En La Ciudad De Popayán Y Demás Municipios Del Cauca Afectados Por El Sismo De 1983, Siempre Que Se Cumplan Los Requisitos Necesarios Para Su Otorgamiento
Decreto 2693 de 1983 · Por el cual se dictan disposiciones tendientes a facilitar y ejecutar los programas de reconstrucción y desarrollo de Popayán y el Departamento del Cauca
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.