Micelio

Artículo 5

Mientras El Gobierno Dispone Los Formatos Para Los Registros Que Se Establecen En El Decreto-Ley 1260 De 1970, No Se Anularán Las Inscripciones Porque Falte En Ellas Alguno O Algunos De Los Requisitos Que Solo Podrían Cumplirse Mediante La Utilización De Dichos Formatos, Y, Entre Tanto, Tales Inscripciones Seguirán Haciéndose En Los Libros En Que Actualmente Se Efectúan

Decreto 2158 de 1970 · Por el cual se modifica y adiciona el Decreto-ley número 1260 de 1970 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Mientras el Gobierno dispone los formatos para los registros que se establecen en el Decreto-ley 1260 de 1970, no se anularán las inscripciones porque falte en ellas alguno o algunos de los requisitos que solo podrían cumplirse mediante la utilización de dichos formatos, y, entre tanto, tales inscripciones seguirán haciéndose en los libros en que actualmente se efectúan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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