Micelio

Artículo 4

De La Escala De Viáticos

Decreto 186 de 1987 · por la cual se modifica parcialmente el Decreto-ley 112 de 1986 y se dictan otras disposiciones en matrería salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º De la escala de viáticos. A partir de la vigencia del presente Decreto, establécese la siguiente escala de viáticos para los servidores del Instituto de Seguros Sociales que deban cumplir comisiones de servicios en el interior del país y en exterior. Remuneración mensual Viáticos diarios en pesos para comisiones en el país Viáticos diarios en dólares para estadounidenses comisiones en el exterior De Hasta Hasta Hasta 39.690 3.420 105 39.691 a 73.980 4.795 170 73.981 a 105.375 5.790 234 105.376 a 136.940 6.725 247 136.941 a 169.275 7.790 270 169.276 en adelante 8.855 279 El Instituto de Seguros Sociales fijará el valor de los viáticos según la remuneración mensual del comisionado, el tiempo que se deba permanecer en el lugar de la comisión, la naturaleza de los asuntos que le sean confiados y el lugar donde debe llevarse a cabo la labor, hasta por las cantidades señaladas en el presente artículo para lo cual reglamentará los procedimientos para efectuar su reconocimiento y pago. Para determinar el valor de los viáticos se tendrá en cuenta la asignación básica y los gastos de representación. Cuando para el cumplimiento de las tareas asignadas no se requiera pernoctar en el lugar de la comisión, solo se reconocerá el cincuenta por ciento (50%) del valor fijado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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