Micelio

Artículo 1

Decreto 2279 de 1956 · Por el cual se fijan el personal y las asignaciones de la Cárcel del Distrito Judicial de Manizales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . A partir del diez y seis (16) de septiembre del año en curso, la Cárcel del Distrito Judicial de Manizales tendrá el siguiente personal, con las asignaciones mensuales que en cada caso se indican: 1 Director $ 730.00 1 Subdirector 600.00 1 Secretario Asesor Jurídico 550.00 1 Investigador Social 300.00 1 Capellán 300.00 1 Contador-Pagador 550.00 1 Ayudante de Contaduría 300.00 2 Estenógrafos (as) cada uno 300.00 1 Almacenista Proveedor y de Talleres 400.00 1 Ecónomo 350.00 1 Médico 500.00 1 Odontólogo 450.00 1 Farmaceuta-Enfermero 300.00 2 Enfermeros, cada uno 250.00 1 Dactiloscopista-Fotógrafo 400.00 4 Maestros Institutores, cada uno 300.00 1 Alcaide 550.00 2 Inspectores, cada uno 400.00 3 Subinspectores, cada uno 350.00 10 Guardianes Distinguidos 250.00 40 Guardianes 180.00 1 Celadora-Requisadora 180.00 6 Maestros de taller, cada uno 300.00 1 Mecánico Electricista 300.00 1 Chofer 220.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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