Micelio

Artículo 13

Dirección Sistema Nacional De Bienestar Familiar (Snbf)

Decreto 1430 de 2025 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF) . Son funciones de la Dirección Nacional Sistema Nacional del Bienestar Familiar (SNBF), las siguientes

1.

Coordinar el Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

2.

Coordinar y articular las acciones de las autoridades administrativas para la garantía y restablecimiento de derechos de niñas, niños y adolescentes, en el marco del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

3.

Liderar la gestión de políticas públicas de primera infancia, infancia y adolescencia, y fortalecimiento familiar con agentes e instancias del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

4.

Dirigir la implementación de estrategias para fortalecer la gestión territorial de agentes e instancias del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

5.

Asesorar a la Dirección General en la gestión de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Política Social.

6.

Dirigir la articulación de agentes y funcionamiento de instancias del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, mediante la creación y desarrollo de agendas de trabajo para la protección integral y garantía de derechos de niños, niñas, adolescentes y familias.

7.

Establecer articulaciones con los agentes públicos, privados, de la sociedad civil, de la cooperación internacional y otros, que ejecuten líneas de acción relacionadas con la garantía de los derechos de niños, niñas y adolescentes, en los ámbitos nacional, departamental, distrital y municipal.

8.

Generar indicadores, acciones de seguimiento y monitoreo en relación con las actuaciones de las autoridades administrativas y la articulación nacional y territorial de agentes e instancias del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

9.

Coordinar el Observatorio del Bienestar de la Niñez, mediante la generación de información y conocimiento sobre la situación de la niñez en el país.

10.

Impulsar estrategias de gestión del conocimiento en coordinación con la agenda de la Convención de los Derechos del Niño.

11.

Desempeñar la función de Secretaría Técnica del Comité Ejecutivo del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, y las demás que le sean asignadas.

12.

Coordinar la construcción y aprobación de las normas que deben regular los diferentes aspectos de operación del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

13.

Generar indicadores, acciones de seguimiento y monitoreo en relación con las actuaciones de las autoridades administrativas y la articulación nacional y territorial de agentes e instancias del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

14.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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