Micelio

Artículo 13

Decreto 657 de 1885 · Sobre timbre nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 13. En los Secretarías de Estado correspondiente á los Oficiales Mayores extender la diligencia de que trata el artículo anterior; en la Corte Suprema federal y en la de Cuscutas, en las Gobiernas de los Estados y Judicaturas nacionales de 1. a instancia, á los respectivos Secretarías; y en general, a los Jefes de las respectivas Oficinas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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