Micelio

Artículo 5

º

Decreto 2023 de 1995 · por el cual se crea la Comisión para la lucha contra el enriquecimiento y la financiación de los grupos subversivos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Comisión para la lucha contra el enriquecimiento y la financiación de los grupos subversivos tomará en consideración los trabajos y las propuestas que reciba del Cuerpo Consultivo Especial, conformado por las siguientes instituciones

1.

La Asociación Bancaria y de Instituciones Financieras.

2.

La Asociación Nacional de Instituciones Financieras, ANIF.

3.

Las Bolsas de Valores del país.

4.

La Asociación Nacional de Industriales, ANDI.

5.

La Federación Nacional de Comerciantes, Fenalco.

6.

La Asociación Nacional de Exportadores, y

7.

Las demás entidades gremiales que la Secretaría Técnica de la Comisión invite en forma ocasional o permanente.

Parágrafo

La Comisión o la Secretaría Técnica determinarán los procedimientos que parezcan más adecuados para trabajar con los miembros del Cuerpo Consultivo Especial, para el efecto podrá convocar separadamente a alguno o algunos de ellos o establecer grupos de trabajo con la participación de funcionarios de entidades estatales y de las instituciones gremiales o de las entidades que forman parte de las mismas, los cuales rendirán informes técnicos que se someterán a consideración de la Comisión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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