Artículo F). Mientras se reúna el próximo Congreso, de acuerdo con el presente Acto reformatorio de la Constitución, la actual Asamblea Nacional continuará en ejercicio de sus funciones para el caso de que el Gobierno juzgue necesario convocarla.
Acto_legislativo 3 de 1910 →Vigente
Artículo F
Acto_legislativo 3 de 1910 · ACTO LEGISLATIVO 3 DE 1910, 31/10/1910, Reformatorio de la Constitución Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.