Micelio

Artículo 8

Ley 74 de 1910 · Sobre tarifa de portes telegráficos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Esta Ley empezará á regir desde el día primero de Enero de mil novecientos once; y mientras llegue esa fecha, el Gobierno continuará liquidando y cobrando el porte de los telegramas conforme á la tarifa vigente antes de la expedición de la citada Ley 62 de 1909 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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