Micelio

Artículo 14

- Modifíquese El Artículo 31 Del Decreto 1736 De 2020, El Cual Quedará Así: "artículo 31

Decreto 1380 de 2021 · "Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1736 de 2020 que modifica la estructura de la Superintendencia de Sociedades y se dictan otras disposiciones"

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- Modifíquese el artículo 31 del Decreto 1736 de 2020, el cual quedará así: "Artículo 31.- Secretaria General. Son funciones de la Secretaría General

1.

Asesorar al Superintendente en la determinación de las políticas, objetivos y estrategias relacionados con la administración de la Superintendencia;

2.

Dirigir la ejecución de los programas y actividades relacionadas con los asuntos financieros, servicios administrativos, gestión documental, de recursos humanos, de contratación y notificaciones de la entidad;

3.

Implementarla política de empleo público e impartir los lineamientos para la adecuada administración y gestión del talento humano de la Superintendencia;

4.

Dirigir y coordinar los estudios técnicos requeridos para modificar la estructura interna y la planta de personal de la Superintendencia;

5.

Coordinar la elaboración y presentar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Programa Anual de Caja de conformidad con las obligaciones financieras adquiridas;

6.

Dirigir la elaboración del proyecto de presupuesto de la Superintendencia, de acuerdo con las necesidades y requerimientos de las dependencias;

7.

Preparar en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación, el Anteproyecto Anual de Presupuesto y propender por su correcta y oportuna presentación;

8.

Impartir las instrucciones para el seguimiento a la ejecución de los recursos asignados a los proyectos de inversión y para la formulación y seguimiento de proyectos de funcionamiento de la Superintendencia;

9.

Dirigir la programación, elaboración y ejecución de los planes de contratación y de adquisición de bienes, servicios y obra pública de la entidad, de manera articulada con los instrumentos de planeación y presupuesto;

10.

Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la adquisición, almacenamiento, custodia, distribución de bienes muebles e inmuebles necesarios para el normal funcionamiento de la Superintendencia;

11.

Notificar sus actos administrativos y los proferidos por el Superintendente; y designar notificadores;

12.

Orientar el desarrollo, implementación y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), de acuerdo con lo dispuesto en la normatividad vigente y demás disposiciones que emitan los órganos correspondientes;

13.

Liderar al interior de la entidad la implementación de las diferentes políticas, planes, / programas y proyectos orientados al desarrollo del servicio al ciudadano y las diferentes medidas que permitan gestionar la relación Estado - Ciudadano.

14.

Dirigir la conformación de las listas de promotores, liquidadores, agentes interventores, y las demás que deba elaborar la Superintendencia de Sociedades, así como la exclusión de personas inscritas, cuando ello corresponda, de conformidad con los términos y condiciones definidos por el Superintendente de Sociedades;

15.

Dirigir las actualizaciones y modificaciones al sistema de inscripción, actualización y consulta de las listas de auxiliares de justicia y demás que, de acuerdo con la ley, deba elaborar la Superintendencia y velar por su permanente actualización;

16.

Estudiar las solicitudes presentadas por instituciones de educación superior en relación con el uso de la marca Excelencia de Formación en Insolvencia - EFI, para dictar el curso de formación en insolvencia e intervención;

17.

Conocer de los requerimientos y solicitudes que frente a las listas de especialistas realicen los juzgados civiles del circuito, autoridades administrativas, judiciales y de control y la autoridad colombiana competente en los casos de insolvencia transfronteriza; y

18.

Las demás que le correspondan, de acuerdo con la ley, los reglamentos o la asignación que para el efecto haga el Superintendente de Sociedades".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1380 de 2021