Micelio

Artículo 2

Modifíquese El Parágrafo 1° Del Artículo 4° Del Decreto Número 0147 De 2024, El Cual Quedará, Así: “parágrafo 1º

Decreto 1290 de 2025 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto número 0147 de 2024, por el cual se crea el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas (MESEPP), para la superación del Estado de cosas inconstitucional en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia del departamento de La Guajira y, se deroga el Decreto número 100 de 2020.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifíquese el

Parágrafo 1

del artículo 4° del Decreto número 0147 de 2024, el cual quedará, así: “

Parágrafo 1

En el caso de los ministros la representación en las sesiones del Consejo MESEPP, solo podrá ser delegada en los Viceministros; en el caso de los Directores en los respectivos Subdirectores de orden nacional cuando la entidad tenga ese alcance. Para el caso de Directores de Departamentos Administrativos en uno de sus Subdirectores Generales y, para el caso del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y/o del Consejero Presidencial para las Regiones, eh el subdirector General y/o en un funcionario del nivel asesor. En el caso de los Superintendentes, estos podrán delegar en los superintendentes delegados, en el caso del gobernador, este podrá delegar en los Secretarios del departamento y respecto a los alcaldes, estos podrán delegar en sus Secretarios de despacho. Para los cargos de entidades no enunciados en el párrafo anterior, la delegación recaerá en el funcionario de nivel directivo que, conforme a la estructura organizacional de la respectiva entidad, ocupe el cargo inmediatamente subordinado a la máxima autoridad, siempre que cuente con capacidad decisoria. Para las entidades de Gobierno nacional que asisten en calidad de invitadas al Consejo MESEPP se aplicarán las reglas de delegación estipuladas en el presente

Parágrafo

Todos los integrantes del Consejo MESEPP y entidades invitadas de Gobierno, deberán acreditar su delegación mediante Acto Administrativo”.

Parágrafo 1

Artículo 4.- DECRETO 147 de 2024

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1290 de 2025